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Con arma de escribano escribo sobre las tierras que jalonan las Castillas con montañas y secanos

miércoles, 24 de marzo de 2010

Consuegra, en tierras de la Mancha Alta


Consuegra es una de las poblaciones manchegas cuya estampa de sus molinos junto a un castillo, ha sido miles de veces fotografiada para mayor gloria de sus lugareños. Y es que esta población situada en la provincia de Toledo, puede estar orgullosa de su historia, una historia que recoge importantes momentos en la convulsa etapa medieval peninsular, y que los consaburenses - muy activos ellos - han sabido muy bien rememorar a través de la fiesta medieval realizada todos los años en el mes de agosto. Además de lo dicho, también se celebran otros festejos como la Fiesta de la Rosa del Azafrán, la Semana Santa, o sus fiestas patronales. Caracterizándose así, como uno de los municipios manchegos más alegres de cuantos jalonan las tierras de la comarca.

Molinos con castillo al fondo

A continuación realizaremos un breve repaso por su historia.

- Historia -

Sus orígenes se remontan a un antiguo asentamiento carpetano a lomos del cerro Calderico el cual, fue abandonado por un nuevo asentamiento en la llanura con la conquista de las legiones romanas, pasando a llamarse Consabura. Con el avance de la romanización esta urbe se desarrolló enormemente en base a una expansión agrícola y a su papel activo en el entramado vial romano que comunicaba Laminio (Alhamabra) con Toletum (Toledo).

Con la caída del mundo romano y, especialmente con la llegada de las huestes musulmanas, la decadencia se hizo plausible. Consuegra apenas subsistió con un puñado de habitantes, y su recuperación no volvería a darse hasta que con el impulso conquistador de los guerreros cristianos, ésta, tuviera que reforzarse para repeler sus continuos ataques.

Entre los siglos XI y XII Consuegra será testigo de varios episodios de crucial importancia en las fluctuantes fronteras castellanas de esos años. Y es que no será casual que junto con Toledo y Uclés entre otras, formara parte del cinturón militar defensivo de la Trasierra castellana. Destacan aquí la muerte del joven Diego Rodriguez, hijo del Cid Campeador, hacia 1097, que cayó en el lugar mientras defendía inútilmente la fortaleza de las tropas almorávides venidas del Magreb. Pasados algo más de cien años, los caballeros sanjunistas, famosos por su activa lucha en Tierra Santa, se hicieron cargo de la defensa del territorio estableciendo en el castillo de Consuegra su sede para organizar las nuevas tierras castellanas.

Con el paso del tiempo, , acabada ya la Reconquista, las tierras de la Orden de San Juan pasaron al control de la monarquía, convertida ya en mayorazgo, la zona viviría un lento descenso demográfico y económico superado hoy día, por el nuevo impulso económico del lugar gracias al turismo y su gastronomía.


- Lugares de interés -

En este apartado se muestran algunos de los lugares más interesantes que Consuegra ofrece para deleite de los visitantes.

- El castillo: Su origen es califal, aunque tras la definitiva conquista cristiana, Alfonso VIII se lo cedió a la Orden de San Juan de Jerusalén en el año 1183. Como tantos otros tesoros de nuestro patrimonio, la invasión de las tropas napoleónicas causó graves destrozos que sólo hoy, ha sido recuperado en parte, gracias a la encomiable tarea de la Escuela Taller de la localidad.


Interior del castillo

Jardín interior un pequeño espacio para relajarse y meditar.


- Los molinos: en una tierra árida y de grandes llanuras como la Mancha, los nuevos ingenios transformaron entre los siglos XVI-XVIII, el paisaje de la comarca. Situados en el mencionado cerro Calderico son una de las figuras más representativas y reconocibles de la localidad. Se conservan 11 de los 13 molinos originales, y de éstos, tres, conservan su mecanismo completo.



Veamos el interior de uno de ellos conocido por "Bolero".


La primera foto corresponde a la rueda del molino, la segunda al mecanismo que la hace girar conectado directamente con las aspas del molino.


- Iglesia del Santísimo Cristo de la Vera Cruz: Su construcción comenzó en 1750 y se concluyó en 1803. Destaca la resplandeciente fachada de mármol blanco con pilastras almohadilladas sobre basamento de piedra. En su interior se pueden encontrar exquisitos exvotos y reliquias, destacando la Imagen de Nuestra Señora de san Lorenzo -réplica de la original (s-XI) que por avatares de la historia está en Valladolid - y del Santísimo Cristo de la Vera Cruz patrón de Consuegra.

Fachada


A izq. Nstra. Señora de Consuegra, a drch. Santísimo Cristo de la Vera Cruz (fotografías realizadas sin flash, para no dañar la policromía de las tallas.)



- Iglesia de san Juan Bautista: Construida en 1567, el estilo arquitectónico es castellano- mudejar con uso mixto de ladrillo y piedra. Cuya planta es de cruz latina y tiene una torre campanario. En la plaza destaca la estatua dedicada a los bravos caballeros sanjuanistas.




A la izq. estatua del caballero sanjuanista, a la drch. cruz de otra época incrustada en la fachada de la iglesia.


Son muchos más los lugares que Consuegra tiene por enseñar como: el convento de los Padres Franciscanos, el museo local, el alfar, o su hermosa plaza. Pero esos monumentos y otros más los dejamos para aquellos que con afán viajero se acerquen a esta hermosa localidad para disfrutar de su patrimonio y saborear los productos locales, especialmente los inigualables quesos manchegos.



Para concluir solamente queda añadir una curiosidad, y es que como buena población manchega parece que de forma más o menos cercana también anda vinculada en algo con el recuerdo de Cervantes, ya que en ella fueron varios los hidalgos que en siglo XVI habitaron la población con tan ilustre apellido. Hoy día puede verse un escudo heráldico de uno de esos Cervantes consaburenses cerca de la propia Iglesia de San Juan Bautista. ¿Tendrían estos Cervantes algo que ver con el ilustre escritor? Quién sabe.




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Para más información visitar:
http://www.aytoconsuegra.es/

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sábado, 30 de enero de 2010

La evolución foral en la Corona de Castilla y León

Uno de los aspectos más interesantes y estudiados que caracterizaron a la Edad Media peninsular estuvo relacionado con su repoblación y el marco jurídico en que se desarrolló. Habría que recordar aquí que la ciudad medieval no solo se circunscribía a su núcleo urbano sino que incluía también un espacio jurisdiccional popularmente llamado "alfoz" sobre el cual, los habitantes de la ciudad promovían su repoblación. En este marco la importancia de los fueros jugaron un importante papel ya que muchos de ellos gracias a sus amplias concesiones sirvieron para repoblar lugares vacíos o peligrosos en el lento pero constante avance castellano por la Península.

Otro dato a tener en cuenta en la expansión de los fueros es el de territorialización jurídica - que más adelante señalaremos- y es que, por un lado los intereses locales de las ciudades y por otro el afianzamiento jurídico del poder real, atravesaron a lo largo de esos siglos por etapas de buenas y malas relaciones según la situación política del momento.

-Introducción al fuero-

El fuero: Podemos afirmar que el fuero municipal medieval en la Corona castellano-leonesa se entendía como: una serie de conjuntos normativos que por configurar jurídicamente las comunidades vecinales y encontrar en ellos su ámbito de aplicación, eran tenidos como propios de la misma.

Entre los historiadores españoles ha sido habitual diferenciar los fueros en dos grandes grupos: Fueros breves, también conocidos como "cartas fuero" y los fueros extensos o "libros fuero".

A continuación redactamos una breve explicación de las características de cada grupo foral para comprender mejor la evolución de estos conjuntos normativos por nuestra geografía.

Concesión del fuero de Brañosera por Munio Nuñez 824, considerado uno de los más antiguos de la Península, a pesar de no quedar testimonio físico de la época. El actual estatuo de autonomía de Castilla y León lo menciona en su preámbulo como: "el Fuero o Carta Puebla de Brañosera (siglo IX), que puede considerarse con orgullo como el municipio más antiguo de España"

  • Los fueros breves o cartas fuero:
En este grupo jurídico encuentran cabida documentos de diversa índole, desde privilegios de población y franquicias, a textos de contenido normativo más amplio relacionados con la vida comunal. Presentan su configuración como diplomas, siguiendo, ya se trate de documentos regios o señoriales, las normas cancillerescas al uso.

En relación a su análisis crítico llama la atención el escaso número de diplomas originales que se contienen, hasta fechas relativamente recientes - Fernando III - no abundan los diplomas forales auténticos, es decir, se tratarían de copias o recopilaciones transcritas de otros más antiguos ya perdidos. este hecho no significa, en principio, que se trate de documentos falsos, ya que en ellos se recogen unas normas susceptibles de ser aplicadas, y es que de lo contrario no habrían sido reunidas y fijadas por escrito en un momento dado.

  • Los fueros extensos o fueros libro:
La propia presentación de forma y composición evidencian una creación marginal a los ambientes cancillerescos. Así, suelen recoger el derecho vigente en una localidad respectiva. Es habitual la iniciativa e intervención de los concejos en su elaboración, siendo más tarde rubricados por el monarca.

  • Las familias forales
Los monarcas siempre deseosos de expandir su poder advirtieron pronto las ventajas de ciertos fueros los cuales favorecieron por diversas causas. Esto dio lugar la las llamadas "familias forales", es decir, fueros emanados de otro concedido anteriormente.

No era extraño tampoco, dentro de la política de expansión del derecho local, encontrarnos con fueros mixtos que sumaban o combinaban las disposiciones de dos o más derechos forales. Estos grupos o familias forales servían, en definitiva, para fijar y garantizar el derecho local. Tal ocurre entre algunos fueros castellanos y de la Extremadura, regiones en las que el fuerte arraigo jurídico tradicional entre otros, favorecieron el desarrollo de un derecho muy uniforme. De la Corona de Castilla y León destacarían las familias forales de Sahagún, Toledo, Cuenca y Logroño.

  • Los objetivos del fuero
El objetivo de estos textos forales debe ser entendido no tanto como resultado de una autoridad en un momento dado, y sí como resultado del esfuerzo colectivo de una comunidad que busca establecer paulatinamente por escrito unas normas de convivencia y diversa procedencia (donaciones de términos, privilegios reales o señoriales, exenciones militares o fiscales...) para procurar su conocimiento y facilitar su aplicación.
Pero por encima de todo estaba el prestigio de la autoridad real; por lo que no era de extrañar que en algunos fueros de concejos o de poblaciones sometidas a señorío se haga constar el beneplácito de los monarcas. Además la actitud favorable de los monarcas a este tipo de reconocimiento durante los siglo XII y XIII, parece que sirvió de estímulo para que los concejos se decidieran prestos a la recopilación y escrituración de sus derechos.

  • El desarrollo de la redacción foral
Según parece, el proceso de redacción del derecho local pudo difundirse en el primer tercio del s-XII en aquellas zonas en que la repoblación y fundación de nuevas villas se había producido con mayor intensidad.

La evolución política de la Corona castellano-leonesa y el auge de la vida municipal ya a fines del siglo XII, sumado todo ello, a la recepción en la Península del Derecho común; contribuyeron a la configuración de un marco muy propicio para la formación de nuevas redacciones. Los nuevos fueros redactados eran más amplios que sus antecesores y su técnica formal se mostraba más desarrollada.

El siglo XIII marcaría la época dorada de esta actividad que se prolongaría todavía durante algún tiempo. Pasada la centuria persistiría ésta, más por afán conservador que por el desarrollo de sus normas, las cuales, no tardarían en verse superadas por las exigencias de una sociedad en continua evolución.

- El concejo -

Uno de los elementos fundamentales para entender la significación de los fueros era la unidad socio-administrativa en la cual se desarrollaron: los concejos.

  • El origen
Surgidos especialmente en la segunda mitad del siglo XI para poblar con urgencia los territorios situados entre el Duero y la Cordillera Central, venían a diferenciarse claramente de la organización administrativa que venía imperando al norte del río castellano, basada fundamentalmente en las merindades - territorios en los cuales el monarca ponía a un merino dotado de numerosas competencias como la justicia, el ejercito o el cobro de impuestos -.

El extenso territorio casi vacío fue repartido en grandes términos municipales al frente de los cuales, los respectivos concejos se encargaron de dominar su área de influencia mediante la instalación de colonos. Y es que los aproximadamente 30.000 km cuadrados que nos atañen fueron organizados por poderosos municipios fronterizos - Salamanca, Ávila, Sepúlveda, Soria, Cuellar o Segovia entre otros. Recibiendo para ello privilegios que los convertían en entidades casi autónomas y cuyo conjunto jurídico aparecía reunido en los fueros.

Vista de Ávila, resaltan sus espectaculares murallas.


  • Funcionamiento
En este sistema, el centro y el eje de todo será la villa, es decir, un centro de población con aspiraciones urbanas, dotado de un castillo o fortaleza y provisto de una muralla en mayor o menor medida. El territorio otorgado a esta villa lo dirigía el concejo, quien ejercía los derechos de propiedad y de gobierno que en las zonas de realengo correspondían al rey y en las de señorío o abadengo al magnate o abad.

En principio, la nueva ciudad y su alfoz estaban abiertos a gentes de diversa procedencia y condición social: ya fueran caballeros o peones, truhanes o comerciantes, pícaros, gañanes y demás elementos de la sociedad de entonces que vinieran a reforzar las nuevas tierras de Castilla. Su instalación la dirigía el propio concejo de la villa, quien repartía las heredades entre sus vecinos, tanto de la ciudad como de las numerosas aldeas del alfoz. También se encargaban, bajo la única subordinación directa hacia el monarca, de establecer el conjunto legislativo que regulaba sus relaciones vecinales.

Y es que estos concejos de la Extremadura castellana estaban dotados en el orden político-administrativo de una amplia autonomía: no dependían de ningún magnate, juez o merino real, sino única y directamente del rey. Elegían vecinalmente o por parroquias sus propias autoridades que durante un año asumían todas las competencias gubernativas, judiciales económicas y aun militares sobre la villa y alfoz, sin otra subordinación que la debida a su rey, único soberano de todo el reino.

  • La tarea militar de los concejos
Hay que recordar que aparte de funciones repobladoras, la otra gran misión de los concejos era la defensa de la Corona. Sus colonos no sólo debían roturar la tierra sino utilizar las armas en caso necesario. Cada concejo movilizaba su propia milicia conforme a sus propias normas , aunque luego en el campo de batalla el rey reuniese en un único cuerpo varias milicias conservando cada una su cohesión orgánica y mandos naturales. La duración del servicio de las milicias concejiles estaba regulado y limitado por su propio fuero, que generalmente no iba más allá de los tres meses; por tanto no era frecuente que el rey llamase llamase a sus concejos de una vez y sí escalonadamente.

Algunas villas llegaron a ser realmente poderosas, destacando en la Extremadura castellana la de Ávila, que construyó una enorme muralla defensiva con un perímetro de unas 33 hectáreas y organizó algaradas anuales con el objetivo de conseguir botín y debilitar a los agarenos andaluces.

Esta organización concejil nacida en la Extremadura pronto sería extendida por la Trasierra, donde surgirían importantes concejos como los de Toledo, Talavera, Cuenca o Huete entre otros, y cuya misión defensiva jugó también un importante papel por los campos del sur castellano.

-La evolución foral en la Corona de Castilla y León-

  • Los tiempos primitivos
Las primeras cartas fuero conservadas pertenecen a cuatro villas castellanas y se remontan a la época condal: Canales de la Sierra a Fernán Gonzalez; Castrojeríz y Melgar de Suso a García Fernández; y Sala de los Infantes por Gonzalo Gustioz a instancias de García Fernández. También los fueros de Sepúlveda, Palenzuela y Escalona declaran tener el mismo origen. El elemento coincidente de todos estos textos parece ser que recogen un derecho más o menos uniforme de sus respectivas regiones.

Mientras en el viejo reino de León se vivía algo distinto. El establecimiento de población mozárabe huida del Islam propició la aplicación del "Liber Iudicium"; sin perjuicio y con independencia del desarrollo de la costumbre que se habría podido ir generando. Este hecho y la forma de llevarse a cabo la empresa repobladora bajo la acción directa del rey o sus delegados justifican la razón de la falta de concesiones forales en esta primera época. Tan sólo la capital del reino recibió carta de población de Alfonso V.

El sistema jurídico de este primer fuero de León se basaba en el derecho consuetudinario, con recurso al "Liber" y completado con algunas disposiciones de alcance general al reino de León. Su sistema no se vio alterado con Fernando I, ya que se limitó a conceder breves cartas de población a algunas villas de ambos reinos y de la terra portucalense ( futura Portugal).

  • La política foral de Alfonso VI
El avance de la frontera y la capitulación de la ciudad de Toledo propiciaron un desarrollo económico y cultural que el rey personalmente se ocupó de fomentar favoreciendo el asentamiento y arraigo de pobladores de procedencias diversas en nuevos núcleos urbanos y en los ya existentes, que además se revitalizan mediante la concesión de cartas de población y privilegios. Ejemplos de ello tenemos: Sahagún 1082?, Logroño 1095, Miranda de Ebro 1099, Toledo 1101 etc. Además confirmó los de Sepúlveda 1076, Nájera 1076, Sanctarém 1093, etc. A esto habría que sumar la actuación del delegado de frontera - Raimundo de Borgoña - que otorgó fueros a las poblaciones de Ávila y Salamanca.

Desde un punto de vista cuantitativo el número de concesiones llevado a cabo bajo este reinado se hace elevado si lo comparamos con la actuación de sus predecesores. Se abría por tanto una nueva etapa donde el proceso de formación del derecho castellano y leones se caracterizaría por una mayor intervención de la autoridad real. Y es que las circunstancias al trono de Alfonso VI llevan a éste a confirmar en una primera etapa los fueros por los que se venían rigiendo sus habitantes para así, confirmar su posición ante sus nuevos súbditos.

Las concesiones anteriormente descritas recaerían en dos zonas bien definidas y por motivos diversos:

- La zona de retaguardia, que coincidiría con una importante vía de comunicaciones "El Camino de Santiago" respondiendo a motivos económicos.

- La Extremadura o frontera sur, que respondería a motivos militares defensivos.

  • La política foral de Alfonso VII
No cabe duda que bajo el reinado del emperador Alfonso VII las disposiciones repobladoras y la política foral fueron parte esencial de su política. Éste no hizo otra cosa que continuar la labor llevada a cabo por sus antecesores, especialmente su abuelo Alfonso VI y la de su propio padre, el anteriormente citado don Raimundo de Borgoña.

Los fueros otorgados bajo el reinado de Alfonso VII superaron ya las antiguas cartas pueblas las cuales, habían servido a las primeras gentes repobladoras de estatuto legal para gozar de determinadas franquicias que garantizaran algunos de sus primitivos derechos. Especialmente destacable es la actividad jurídica a partir de la coronación imperial.

En total han llegado hasta nosotros más de cuarenta testimonios documentales de estas concesiones de derecho local: Guadalajara en la Alcarria, Calatrava sobre el Guadiana y Coria en la Trasierra leonesa recibieron fuero del Emperador como puntos avanzados de la labor repobladora.

Aunque será la presencia de Alfonso VII en Castilla y más concretamente en la frontera con Navarra donde se hará patente ese ejercicio de autoridad a través de su política foral. La curia regia celebrada en León en 1135 habría elaborado leyes generales para todo el ámbito del Imperio, pero en Castilla además, las poblaciones reciben o ven confirmadas sus leyes particulares: Balbás, Atapuerca y Roa en la comarca burgalesa recibieron fuero en 1135, 1138 y 1143 respectivamente; entre 1136 y 1137 el Emperador confirmo los de Nájera y en 1140 concedió los de Medinaceli a los que poblaran las tierras de Sigüenza.

Habría que recordar de toda esta actividad que los habitantes de las ciudades y comarcas fronterizas, al mismo tiempo que se beneficiaban en mayor grado de la política imperial, eran los que habitualmente engrosaban las fuerzas del Emperador en sus campañas para hacer valer su autoridad en las diversas rebeliones señoriales.

Sin embargo la política foral no se limitó sólo a lugares fronterizos: al igual que en tiempos de su abuelo encontramos fueros a retaguardia. De aquellos tiempos procederían los fueros de Oviedo o Astudillo, otorgados entre 1145 y 1147; mientras que ya a finales de su reinado habrían de recibirlo poblaciones tan importantes como Molina, Zorita u Ocaña.

Mapa de la evolución de las familias forales (pinche en la imagen para ver más grande)


  • La continuidad de la obra
Superada la crisis de los reinos de la otrora Corona del emperador Alfonso VII; sus descendientes Fernando II y Alfonso IX de León, y Alfonso VIII de Castilla continuaron en sus respectivos dominios con unas lineas muy similares a las de su predecesor.

Ya mencionamos cómo los concejos llevaron a cabo una profusa actividad compiladora de las normas que se habían venido generando en ellas a fin de obtener su confirmación por escrito. En Castilla un hecho fundamental lo marcó la promesa de Alfonso VIII tras la batalla de las Navas de confirmar fueros y villas a todas las poblaciones de la Extremadura, y a la nobleza que había contribuido en la exitosa cruzada. No fueron pocos concejos, ya fueran de condición realenga o señorial, los que se aplicaron a la tarea de recopilar sus derechos, y ello sin perjuicio de disponer de una carta de fuero anterior que podía quedar incorporada de forma total o parcial a la nueva redacción o resultar anulada al ser superada por ésta.

A continuación veamos la aparición de algunos de estos nuevos fueros en los dos reinos meseteños:

- En el reino de León: en tiempos de Alfonso IX tenemos en tierras salmantinas un núcleo inicial donde se formarán los fueros similares de Zamora, Alba de Tormes y otros más afines entre sí, como el de Salamanca y Ledesma. También está el fuero de la sede episcopal de Ciudad Rodrigo utilizado en la redacción de "foraes" en el portugues valle del Coa y en los fueros de Coria, Cáceres y Usagre.

- En el reino de Castilla: el primer momento de este impulso lo tenemos en las tierras de la Trasierra o reino de Toledo, representado por fueros de concejos libres como Guadalajara y Madrid; señoriales como Molina de Aragón; episcopales como Alcalá de Henares, Brihuega y Fuentes de Alcarria, y en el extremo oriental la santiaguista Uclés. Aunque será en la zona conquense donde la labor de los concejos se de de forma más intensa. A pesar de todo habría que decir que Alfonso VIII no fue un innovador como lo sería más tarde Alfonso X, sino un monarca que utilizó el derecho recibido adaptándolo a los numerosos fueros según las circunstancias de cada lugar.

  • La política foral de Fernando III
Bajo el gobierno de Fernando III "el santo", la unión de León y Castilla quedó definitivamente consolidada. Este hecho afianzó su poder y amplio el ámbito de actuación de su ejercito; las grandes conquistas de Córdoba o Sevilla entre otras, fueron fruto de la enérgica labor conjunta de los guerreros meseteños y expertos marinos cántabros. A la par que la expansión territorial, se produjo un desarrollo económico y un renacimiento cultural. El exitoso resultado confirmará una gran labor gobernadora llevada a cabo con prudencia y firmeza.

En ese ambiente la situación jurídica de los reinos, con múltiples ordenamientos de diverso origen, naturaleza y formulación, se empezaba a mostrar cuando menos heterogénea. El rey comenzó a mostrar una mayor predisposición a la hora de fijar una determinada uniformidad jurídica donde las circunstancias lo permitieran. Para ello se intentó conceder un mismo fuero con diferentes variantes en unas zonas más o menos concretas.

Descubrimos aquí tres espacios geográficos de su labor jurídica:

- En la costa cantábrica: donde la repoblación continua avanzando desde tiempos de Alfonso VIII, fueron habituales los fueros de Benavente - basado en los de León - en localidades como Pravia o el de San Sebastian en localidades como Oyarzun y Zaráuz.

-En las villas de la alta Andalucía: -Andújar, Sabiote, Úbeda, Baeza - es el derecho de la Extremadura el que más parece convenir a sus pobladores. El propio monarca optará por una redacción determinada, elaborando un texto tipo que asumirá como propio y cuya autoría se atribuye al concederlo de forma individualizada a cada una de las mencionadas villas gienenses.

- En la rivera del Guadalquivir: aquí será el Liber Iudicum - ya traducido al romance como Fuero Juzgo - el más utilizado. El antiguo derecho visigodo actualizado ahora con normas de carácter privilegiado de origen toledano y alguno otro de la Extremadura se concederá a ciudades tan importantes como Córdoba y Sevilla, aunque imponiéndose a la hora de extenderlo una referencia toponímica local más inmediata.

Ejemplos de la expansión del Fuero Juzgo en Andalucía y reino de Murcia con Fernando III y Alfonso X: Córdoba (F. III), Sevilla (F. III), Mula (F. III), Cartagena (F. III), Alicante (A. X), Écija (A. X) Lorca (A. X), Murcia (A. X).

  • La política foral con Alfonso X
A pesar de la labor de Fernando III, al comienzo del reinado de Alfonso X la variedad jurídica de la Corona se mostraba demasiado grande: el viejo reino de León, junto con Toledo y algunas ciudades de Andalucía y Murcia ya mencionadas anteriormente, se regían por el Fuero Juzgo; mientras que en la primigenia Castilla y las extremaduras reinaba la atomización jurídica con una gran variedad de fueros municipales.

Esa situación y la ausencia de una norma que unificase jurídicamente a una corona en constante crecimiento territorial, condujo a Alfonso X a elaborar su famoso Fuero Real.

El Fuero Real, conocido en época del rey Sabio como Fuero del Libro era una ley municipal que pretendía conseguir la unificación jurídica del reino a costa de los ordenamientos tradicionales. En el Fuero convivían normas del derecho tradicional con otras de recepción del derecho Romano, concediéndose a diversas villas tanto de León como de Castilla entre los años (1255-65).

Sin embargo dado el arraigo del derecho tradicional entre los estamentos concejil y nobiliario, la implantación del nuevo fuero no consiguió el éxito esperado. Un ejemplo de esta resistencia lo tenemos en Miranda de Ebro, allí, Alfonso X se vio obligado a restablecer poco después el viejo fuero de Logroño ante las dificultades suscitadas por la concesión del Fuero Real.

Finalmente se podría decir que Alfonso X, a pesar de todo su empeño, tuvo que ratificar a la nobleza todos sus viejos fueros y privilegios, limitando la aplicación del derecho regio a "los casos de Corte" (cortes de Zamora 1274).

Fragmento del Fuero Real

  • Una etapa de transición
A pesar del rechazo del reino a la política legislativa de Alfonso X, muerto el rey Sabio, el Fuero Real fue objeto de numerosas concesiones como fuero municipal exclusivamente.

Por otro lado, los sucesivos monarcas no renunciaron al logro máximo de uniformidad de la Corona a través, como en tiempos del rey Santo, de la expansión de los ordenamientos considerados más completos a los que ahora se sumaba en parte el propio Fuero Real. Ejem (Sancho IV concedió el Fuero Real a Arévalo, Segovia y Madrid; el de Toledo a Orihuela; el de Benavente a Puebla de Muro).

Sin embargo, esta escasa renovación de los ordenamientos forales limitada las más veces a la introducción de variantes en textos ya formados, habría de conducir inevitablemente a su progresiva insuficiencia para regir una sociedad en continua evolución. Por tanto no era de extrañar que la legislación general del reino viniera a cubrir por la vía de los hechos y de forma paulatina, el papel ordenador que en otros tiempos había correspondido a los derechos locales.

Esta evolución culminará en tiempos de Alfonso XI con el Ordenamiento de las Cortes de Alcalá de 1348, donde se reconocía a los fueros su vigencia como subsidiarios de éste. "...que los dichos fueros sean guardados en aquellas cosas que se usaren"

  • El ordenamiento de Alcalá
El ordenamiento de Alcalá 1348 es el culmen de una labor legislativa cuyos precedentes los encontramos en los inmediatos ordenamientos de Villareal y Segovia, los cuales, entre otras muchas cosas intentaban reorganizar y sanear los vicios de una administración de justicia demasiado heterogénea que además se comenzaba a tecnificar con la recepción del Derecho romano-canónico.

Este ordenamiento resultado de las cortes reunidas en Alcalá - de ahí su nombre - en 1348 es básicamente un cuaderno de leyes cuya importancia será tal, que hasta el mismo s-XIX todavía tendría vigencia. Para su elaboración se creó una comisión de juristas que como hemos mencionado anteriormente utilizó fuentes de ordenamientos anteriores Villareal 1346 y Burgos 1347, además de influencias del Fuero real, el Fuero viejo de Castilla y textos del Ius commune.

Con su promulgación se consiguió dar racionalidad y coherencia al ordenamiento jurídico de una Corona cuya diversidad de fueros, costumbres y privilegios señoriales, resultado del avance conquistador, empezaban a resultar molestos e innecesarios en una época en que las fronteras cristianas ya no precisaban de tantas concesiones.
Por tanto, y de forma acertada, en el Ordenamiento se estableció un orden de relación de fuentes por el que se disipaba cualquier duda respecto al derecho que debían aplicar los jueces en los pleitos y el orden que debían seguir en defecto de la norma.

Por tanto y a pesar de que para los asuntos de la corte se utilizaba el "Fuero de las leys - Fuero Real- e algunas villas de nuestro sennorio lo han por fuero" y en otras ciudades y villas "han otros fueros, departidos, por los quales se pueden librar algunos pleitos" de lo que se trataba era de : "dar leys ciertas po do se libren los pleytos e las contiendas" .

Entre las características de este Ordenamiento jurídico podemos destacar: la primacía del Derecho regio de carácter general para todo el reino por encima de los particularismo jurídicos; en segundo lugar hay una restricción en la aplicación de los fueros municipales donde sólo regirían en aquello que no fuera contrario a las leyes del propio Ordenamiento; en tercer lugar reconocimiento del Derecho romano-canónico a través de la aceptación del código de las "Partidas", y que suponían el derecho del rey en definitiva; y por último el rey recordaba que sólo a él le incumbía el "ius interpretandi" y el "ius emendandi" de fueros y leyes.

  • Los fueros tras el Ordenamiento de Alcalá: un lento final
A pesar de las limitaciones impuestas a los fueros tras la nueva legislación resultante en las Cortes de Alcalá de 1348, éstos, siguieron siendo una fuente subsidiaria importante del derecho general de la Corona y por tanto su utilización para resolver disputas (por ejemplo: límites municipales, bienes comunales, etc) se encuentra registrada hasta finales del Antiguo Régimen.

Además, el hecho mismo de su reconocimiento les dotó, con independencia de su alcance, de un significado político que sirvió para mantener el valor instrumental que les había sido propio desde sus orígenes en el proceso repoblador. Los últimos Trastámaras y los Reyes Católicos plantearán así la última repoblación del reino nazarí de Granada y de las islas Canarias al otorgar en primera instancia a sus ciudades los fueros de Córdoba o Sevilla en lo que no contravenía a las leyes de Alcalá.

Sin embargo a fines del siglo XIV esta medida no tardó en juzgarse insuficiente, y la Corona hacia 1494-1495 concedió a estas poblaciones granadinas y a Gran Canaria "por que no habien fuero cumplido", un texto de carácter programático de contenido más próximo al de las ordenanzas municipales que al de los fueros , no obstante recibió la denominación de Fuero Nuevo, dotándosele así del rango normativo exigido por el Ordenamiento de Alcalá para su reconocimiento como fuente subsidiaria.

Este último movimiento foral buscaba -a pesar de su anacronismo- dotar a las nuevas tierras incorporadas a la Corona de una tradición jurídica similar a la de los restantes territorios que la integraban. En definitiva se trataba de conservar teóricamente esa tradición jurídica celosamente guardada por los pueblos y reconocida de forma continua en un acto ya meramente formal por los monarcas del Antiguo Régimen, es decir: formaba parte del nuevo imaginario político.

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Parte de la bibliografía:
Alfonso VII/ Astray Manuel Recuero .--Burgos: Edit.Olmeda, 2003 .-- 319p.:il. .--(Corona de España; XIX)
Alfonso VIII/ Martínez Díez .--Burgos: Edit.Olmeda, 1995 .-- 334p.:il. .--(Corona de España; XXI)
Alfonso X/ Jimenez Gonzalez Manuel .-- Burgos: Edit.Olmeda, 1999 .-- 443p.: il. .--(Corona de España; II)
Fernando III/ Martínez Díez Gonzalo .--Burgos: Edit. Olmeda, 1993 .--311p.: il. .--(Corona de España; I)
Alfonso XI/Sanchez-Arcilla Bernal José .-- Burgos: Edit. Olmeda, 1995 .--349p.: il. .--(Corona de España; V)
La época medieval/ José Ángel García de Cortazar .-- 1ªedi. 1988 .-- Madrid: Alianza edit., 1999 .-- 426p. .-- (Historia de España/ Dirigida por Miguel Artola ,II)

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domingo, 15 de noviembre de 2009

Toledo en 360º

En esta nueva entrada me gustaría rescatar del ciberespacio una serie de panorámicas de la capital castellana de belleza tal, que no he podido resistir a dejar constancia de ellas así como de su creador.

Antes que nada resulta harto obligado comentar la labor de su autor: José María Moreno. Se trata éste de un fotógrafo profesional con sede en Bargas (Toledo) que acarrea en su haber una larga trayectoria en materia fotográfica: innumerables exposiciones colectivas e individuales, premios y trabajos para todo tipo de empresas, medios y administraciones, así como un innumerable número de libros publicados, son su carta de presentación en un más que extenso currículo profesional.

Las fotografías están realizadas en 360º, por tanto podemos ver cualquier punto de la imagen tal cual estuviéramos en el lugar nosotros mismos, desde el cielo hasta el mismo suelo que pisamos. Una vez se pincha la fotografía se puede acercar y alejar con el ratón además de contar con la posibilidad de ponerla a pantalla completa para mayor deleite de la vista. Por último cabría decir que todas ellas contienen una pequeña reseña explicativa que ayudará a los internautas a visualizar y comprender mejor las imágenes mostradas.

En definitiva y hasta la fecha lo más cercano y realista que en esta materia podemos encontrar sobre la ciudad de Toledo.

Éstas son sólo algunas de las imágenes que podemos ver en el espacio del fotógrafo.

Cerro del Bú
Mezquita del Cristo de la Luz
La Casa del Judío
Baño de la Cava
Puente de Alcántara
Plaza del Ayuntamiento
Convento de Santa Isabel de los reyes, patio.
Sinagoga del Tránsito
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Para más fotografías e información visitar la página web del autor.
http://www.josemariamorenofotografo.net/

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miércoles, 21 de octubre de 2009

La nueva Alcaná de Toledo y Cervantes

Un lugar mítico dentro de la historia toledana y relacionado directamente con la obra más insigne de Cervantes es: el desaparecido Alcaná.

Y es que en el capítulo IX de la primera parte del Quijote, el autor nos transporta a este viejo espacio de Toledo para encontrar solución al brusco corte sucedido en el capitulo anterior, y que iba a narrar el duro enfrentamiento que don Quijote mantenía con un escudero vizcaíno.

...estando yo un día en el Alcaná de Toledo, llegó un muchacho a vender unos cartapacios y papeles viejos a un sedero; y como soy aficionado a leer, aunque sean los papeles rotos de las calles, llevado de esta mi natural inclinación tomé un cartapacio de los que el muchacho vendía; vile con caracteres que conocí ser arábigos, y puesto que, aunque los conocía, no los sabía leer, anduve mirando si parecía por allí algún morisco aljamiado que los leyese; y no fue muy dificultoso hallar intérprete semejante, pues aunque le buscara de otra mejor y más antigua lengua le hallara.

En este mismo capítulo un poco más adelante podíamos descubrir que el verdadero narrador de las aventuras de don Quijote no era sino un historiador arábigo: Cide Hamete Benengeli, de tal forma que Cervantes, convertido en cierta manera en un personaje activo de la obra, tan sólo reproducía lo encontrado en los cartapacios del Alcaná toledano gracias a un traductor morisco.
Por tanto este recurso literario de un segundo narrador sirve para dar mayor verosimilitud a su novela y será harto utilizado por el escritor.

luego se me representó que aquellos cartapacios contenían la historia de Don Quijote. con esta imaginación le di priesa que leyese el principio; y haciéndolo así, volviendo de improviso el arábigo en castellano, dijo que decía: Historia de Don Quijote de la Mancha, escrita por Cide Hamete Benengeli, historiador arábigo.

Dicho lo cual, volvamos al principio de la entrada: "un lugar mítico dentro de la historia toledana"; y es que el fin de esta nueva entrada no es otro que el de mostrar a todos los lectores del Quijote parte del lugar que Cervantes eligió como escenario para su feliz hallazgo.
Situándonos primero, habría que decir que Alcaná es una palabra hebrea que significa feria o mercado, ya que en este lugar y en tiempos medievales se encontraba un ajetreado y abigarrado lugar de comercio con multitud de puestos, siendo conocido por aquel entonces como judería menor de Toledo.

Por tanto no resulta raro pensar que Cervantes, conocedor de este barrio -reducido sustancialmente hacia fines s-XVI- decidiera descubrir en unos papeles viejos que iban a ser vendidos a un sedero las aventuras de don Quijote; ya que en esta Alcaná estaba el mercado de sedas que coincidió entonces con su gran florecimiento en la Ciudad Imperial.

A continuación daremos a conocer mediante una serie de imágenes algunas de esas calles que en los albores del s-XVII inspiraron al Príncipe de los Ingenios para crear a su arábigo narrador

Calle de las cordonerías


Calle de la Sal


Travesía de la Sal


Calle de la Sinagoga (recordar que fue la judería menor)


Callejón del Fraile


Plaza de las cuatro calles

Placa recordatorio del Alcaná

Espero que con estas imágenes todos aquellos que recuerden el episodio hayan avivado la imaginación recreando a un Cervantes curioso, que buscaba y leía con ademán distraído cualquier papel escrito que pudiera satisfacer su natural inclinación.

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viernes, 12 de junio de 2009

El Corpus de Toledo

En estos días que corren se celebra en Toledo su fiesta grande: el Corpus Christi. Se trata de una celebración religiosa y festiva que pese a ciertos avatares en cuestión a la fecha de su realización, este año, gracias a que también era fiesta en Madrid, las viejas calles de la ciudad se inundaron de miles de personas que esperaban fervorosamente la aparición de la hermosa Custodia de Arfe.

La Custodia es una exquisita pieza de orfebrería de comienzos del s-XVI realizada en plata y oro, tiene forma de templete con una larga torre y alcanza una altura de más de dos metros de altura y de 200 kilos de peso

Como curiosidades cabría resaltar: por un lado el complicado ensamblaje de la obra que obligó a su autor a redactar un manual para desarmar y ensamblar la custodia ya que cuenta en su haber, con la nada desdeñable cifra de 5.600 piezas y 12.500 tornillos; por otro, es interesante resaltar que en su recorrido por la ciudad utiliza una carroza construida en el siglo XVIII , por la cual, mediante un mecanismo especial, mantiene la Custodia siempre vertical a pesar de los numerosos desniveles de la ciudad castellana.

Paso de la Custodia

Otro de los elementos que caracteriza a Toledo en estos días es el de sus hermosos tapices y pendones que engalanan balcones y fachadas, sumergiendo a toledanos y turistas en épocas donde las capas y espadas eran cosas comunes en sus calles.

Éstos son algunos ejemplos de los maravillosos adornos del casco histórico:










Otra de las ofertas que todos los años acompañan a la celebración del Corpus es la de sus numerosos conciertos, entre los que cabría destacar los de la artista castellana Ana Alcaide, que con sus melodías de época ha embelesado a más de un viandante.


Ana Alcaide tocando en un patio toledano

No podemos olvidar tampoco una de las actividades culturales más interesantes: el X Concurso de Patios Toledanos, cuyos protagonistas -sus patios - abren sus puertas a todos aquellos viandantes que quieran descubrir estos mágicos rincones toledanos que muestran en su haber estilos tan distintos como el característico mudéjar toledano o el renacentista.

Patio nº 29, C/ del Cristo de la Parra, 9 (Convento Santa Isabel)

Patio nº 29,

Patio nº 6, plaza Amador de los Ríos, 2

Patio nº 6

Patio nº 9, C/ Nuncio Viejo, 9

Patio nº 9

En definitiva Toledo y su fiesta grande conforman una suma cuyo excelente resultado son un motivo para acercarnos a una pequeña maravilla histórica con la que pocas ciudades pueden competir.
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Para más información:

www.corpuschristitoledo.es

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domingo, 14 de diciembre de 2008

Las fronteras castellanas entre 1158 y 1230

En esta entrada comentaremos la evolución de las fronteras castellanas durante su último periodo de existencia independiente, es decir, desde 1158 hasta 1230 cuando quedó definitivamente unida al reino de León.

La elección de este periodo no es casual, y es que ya por aquél entonces las fronteras del territorio castellano se encontraban relativamente consolidadas; resaltando aquí la gran similitud del marco castellano heredado por Fernando III en 1217 con los territorios que han venido considerándose tradicionalmente "las dos castillas": Castilla la Vieja y Castilla la Nueva.

Es por ello que podemos considerar a este periodo comprendido entre 1158 y 1230, como el espacio donde Castilla se configuró definitivamente como entidad política claramente diferenciada dentro del contexto peninsular.

Castilla y sus diferentes límites fronterizos

-La frontera con León-

Se trata ésta de una de las líneas más polémica y disputada entre los monarcas castellanos y leoneses; tanto que incluso en épocas de máximo peligro para la cristiandad peninsular cuando el puño almohade golpeaba la meseta, sus reyes seguían disputándose esas tierras.

El problema de base para delimitar tales fronteras se debió a la falta de unos accidentes geográficos claros que sirvieran de referencia; a esto habría que sumar también las sucesivas uniones y desuniones de ambos reinos que contribuyeron a las consiguientes disputas entorno a la zona del Infantazgo

Pero a pesar de todo, con la muerte del emperador Alfonso VII, se consignaron unas fronteras que bajo el marco de la legalidad configurarían en lo sucesivo los espacios vitales aproximados que han venido sucediéndose entre Castilla y León.

A Castilla le tocó en su frontera occidental empezando por el norte: Asturias de Santillana (provincia de Santader); más al sur dentro de la provincia de León se incluirían para Castilla Cea y Sahagún; por la provincia de Valladolid la Tierra de Campos (Infantazgo) quedando para León las zonas más occidentales de la actual provincia hasta el Duero, es decir, Mayorga, Becilla de Valderaduey Villavicencio, Bolaños, San Pedro de Latarce, Tiedra y San Román de Hornija. Al sur del río Duero se incluirían para Castilla los actuales territorios de Valladolid y Ávila con las tierras actualmente salmantinas de Béjar; finalmente en el límite sur se marcaba como divisoria y zona de expansión para ambos reinos, la calzada de la Plata, lo que dejaba Plasencia en Castilla.

Atendiendo a esta divisoria el arzobispo de Toledo, Rodrigo Fernández de Rada, dejaba escrito en su crónica lo siguiente: Dio a Sancho, su primogénito, Castilla hasta Sahagún, Moral de la reina, Tordehumos, Urueña, Cubillas, Medina del Campo, Arévalo y todo el territorio de Avila; después la frontera entre los dos reino estaba formada por la calzada e la Plata, que era llamada también de Guinea.

En época de Fernando III y dentro del ámbito cronológico que nos atañe - 1230, o lo que es lo mismo inmediatamente antes de las grandes conquistas de los años treinta y cuarenta del siglo XIII- la frontera apenas vario. Sin embargo en lo referente a León, el monarca Alfonso IX, aprovechando la debilidad y fractura de los almohades tras la famosa batalla de las Navas de Tolosa, dio un último impulso reconquistador a su reino avanzando por el sur y tomando importantes enclaves como: Cáceres 1227, Montánchez, Mérida y Badajoz en 1230 año de su muerte. Fernando III conquistó a los musulmanes la plaza de Capilla en 1227, situada al sureste de la actual provincia de Badajoz. Este enclave era muy importante por dos razones: por un lado y de cara a su expansión por el sur se controlaban los pasos hacia Córdoba por la zona occidental; de otro lado se aseguraba una frontera divisoria con León estableciendo la línea entre Plasencia y Capilla como límites occidentales de los castellanos.
la calzada de la Plata, vieja vía romana que dividía en dos las actuales tierras de Extremadura.

-La frontera con Navarra-

La frontera que dejó delimitada el Emperador con respecto a este reino venía delimitada en la zona de las actuales Provincias Vascas por el río Nervión; es decir, que las actuales comarcas de Las Encartaciones y Valdegovía quedaban dentro de Castilla, si bien, el resto de Vizcaya y Álava quedaban vinculadas a Castilla por medio del vasallaje de los condes Ladrón Íñiguez y su hijo Vela Ladrón. Pero tras la temprana muerte de Sancho III, Vela Ladrón, libre de sus vínculos vasalláticos se reincorporó a Navarra.

Escudo de las Encartaciones.

Más al sur las fronteras se hallaban establecidas entorno al río Ebro desde Haro hasta Alfaro, aunque estas tierras fueron motivo de continuo conflicto entre castellanos y navarros.

-La frontera con Aragón-

Las fronteras con Aragón fueron más estables que en los demás lugares. En los primeros años del reinado de Alfonso VIII, y reinando en Aragón Alfonso II, surgieron ciertas discrepancias que por lo general se resolvierón más por acuerdos que por las armas. Los puntos calientes fueron entorno a la cuestión de la fortaleza de Ariza o el señorío de Molina, resueltos por tratado, y el derecho a la conquista del señorio independiente de Albarracín, bajo dominio de Don Pedro de Azagra, que quedó pendiente para Aragón.

-La frontera con al-Andalus-

Las fronteras contra el Islam durante el reinado de Alfonso VIII fueron más inestables, si bien el Emperador Alfonso VII se había expandido por los campos manchegos llegando a tomar en un determinado momento un punto tan alejado como la misma Almería; estos avances fueron perdidos con la llegada de los temidos almohades, y en los convulsos años del reinado de Alfonso VIII el peligro almohade volvía a las murallas de la misma Toledo.

De aquí habría que destacar dos fechas: Alarcos 1195 y sus consecuencias posteriores; y las Navas de Tolosa 1212.

La batalla de Alarcos en 1195: fue la gran derrota del aguerrido monarca castellano; con un contingente de poco más de diez mil hombres se enfrentó a un ejercito que le doblaba en número. Éste defendiendo una fortaleza sin terminar de fortificar se lanzó a campo abierto para luchar. Aquí, y una vez más, los cristianos no aprendiendo de errores pasados cayeron en las tácticas envolventes de los musulmanes. Tras la batalla Alfonso VIII logró escapar a Toledo donde se encontró con su primo Alfonso IX de León. Parece ser que tuvieron una tensa entrevista que acabó con la ruptura de relaciones entre ambos y aliándose el segundo con los enemigos de la cruz. Habría que recordar que Alfonso IX prometió, de no muy buen grado, ayudar a los castellanos en la lucha contra la nueva invasión islámica, sin embargo, la poco entusiasta ayuda se tradujo en una innecesaria tardanza que acabó con el monarca leones instalado en Toledo mientras los castellanos se encontraban defendiendo las fronteras cristianas sin ningún apoyo.

Restos de la fortaleza de Alarcos.

Por suerte para los castellanos, y la cristiandad peninsular en general, el califa almohade seguro de su poder frente a los cristianos se entretuvo posteriormente en asegurar su control dentro del al-Andalus, tiempo precioso que permitió a los castellanos replegarse y prepararse para las posteriores arremetidas almohades.

Las consecuencias directas de Alarcos fueron aprovechadas por los leoneses y navarros. En 1196 Navarra y León llegaron a un acuerdo junto a los almohades para atacar conjuntamente a Castilla, y lanzar una serie de ataques a enclaves y tierras de los castellanos por diferentes flancos. El caso de León es más sangrante si cabe, ya que Alfonso IX utilizó tropas almohades para arrasar la Tierra de Campos, lo cual, acabó contándole duras reprimendas por parte del papado. Con respecto a Navarra, Sancho VII atacó las tierras de la extremadura castellana oriental, entre el sur de Burgos y Soria. Mientas que los musulmanes asolaron todas las tierras de la Trasierra o reino de Toledo. La respuesta castellana vendría apoyada firmemente por el monarca aragonés Pedro II, a la sazón importante aliado en las Navas de Tolosa. Alfonso VIII atacó junto con Pedro II - y mientras Alfonso IX realizaba su devastación por Tierra de Campos - los territorios de León internándose hasta llegar a la capital y Astorga.

En 1197 las tornas cambiarían, una esperada tregua de Castilla con los almohades permitió al rey castellano responder de forma efectiva a los reyes cristianos. Si bien Alfonso IX había recuperado León y gran parte de los enclaves tomados por los castellanos; para el verano de ese año, Alfonso VIII realizó una campaña por las tierras occidentales reconquistando o capturando fortalezas que habían sido rendidas por los leoneses: Bolaños, Valderas o Castroverde fueron entre otras. Finalmente el leonés sin el apoyo del califa almohade y no pudiendo seguir presionando al castellano buscó una tregua. La reina Leonor de Castilla dirigió los planes del acuerdo organizando un casamiento entre Alfonso IX y la princesa castellana Berenguela a finales de 1197.

Otro asunto era Navarra; ya en 1198 con las treguas firmadas Castilla se confederó con los aragoneses para responder con la misma moneda la anterior hazaña de Sancho VII. Se adentraron ambos ejércitos para el verano en territorio navarro forzando así una paz ventajosa para Aragón; sin embargo la campaña decisiva vendría un año después. En 1199 Alfonso VIII entro por Álava y sometió a duro asedio la ciudad de Vitoria. Mientras Sancho VII marchó para el Magreb a buscar los apoyos del califa almohade, el cual, obligado por la tregua firmada el año anterior ofreció únicamente ayuda pecuniaria para el navarro. Finalmente, para los últimos días de 1199 o primeros de 1200, Vitoria se rindió tras siete meses de asedio. Además tras hábiles negociaciones los tenentes y señores del resto de Álava y Guipúzcoa juraron lealtad a Alfonso VIII.

Tras esta campaña el rey castellano había conseguido ampliar más de la cuenta sus dominios anteriores con respecto a Navarra; y es que su avance había superado con creces los realizados por su tatarabuelo Alfonso VI allá por el año 1076. Los nuevos límites con Navarra quedaron firmemente establecidos y la nueva región jugó un papel clave en las relaciones comerciales de los castellanos con las tierras de Gascuña y Francia.

La frontera sur antes de la batalla de Las Navas: Tras las treguas firmadas por castellanos y almohades en 1197 los límites se establecían desde Plasencia al oeste hasta Alarcón al este. Las tierras del norte del Tajo así como sus fortalezas estaban dominadas por los castellanos , Talavera y Toledo se convertían aquí en los principales y más activos enclaves defensivos de la región. Al sur Consuegra en manos de la Orden de San Juan y más allá Mora la Vieja o Peña Negra sostenían las posiciones más avanzadas. Al oeste las plazas de Huete, Uclés Zorita o Cuenca se encargaban de asegurar las posiciones castellanas.

Los musulmanes por otro lado establecían sus posiciones gracias a sus últimas campañas de 1195/96 en: Trujillo -arrebatada a los castellanos en 1196- Alarcos, Benavente, Calatrava -arrebatada a los monjes-guerreros en 1195-, Malagón y Caracuel entre otras.

Los casos más particulares los tenemos en los castillos de Dueñas -más tarde y reconstruido será Calatrava la Nueva- y Salvatierra, situados en la Calzada de Calatrava, más allá de las primeros enclaves de defensa musulmanes. Éstos se encontraban en manos de la Orden de Calatrava, que por entonces se llamaba de Salvatierra.


Las Navas de Tolosa en 1212: Durante 13 años, las treguas entre castellanos y almohades se sucedieron. Unas treguas que favorecieron a ambos, ya que si bien los castellanos resolvieron satisfactoriamente sus litigios con Navarra, no fueron menos provechosos los avances almohades dentro de al-Andalus que en 1203 conquistaron el último reducto de los antiguos almorávides: Baleares.

Acabadas las treguas en 1211 los africanos afilaron sus cimitarras y se prepararon para realizar una nueva incursión en la Península. Pero esta vez las intenciones del califa almohade eran muy diferentes a las anteriores, llamando a la yihad en todos los confines del Imperio almohade: magrebíes, zanatas y negros del Sudan; sumados a los musulmanes andalusíes configuraron el mayor ejercito nunca visto en al-Andalus. Algo más de 30.000 africanos y 20.000 andalusíes se preparaban para someter de una vez por todas a los molestos reinos cristianos.

Los primeros en recibir la dura arremetida fueron los caballeros de la Orden de Calatrava, que abandonando prácticamente el castillo de Dueñas, llamado según los Anales Toledanos "Castiel de Dios" concentraron sus fuerzas en el bastión que les servía de sede en esos momentos -Salvatierra-. Alfonso VIII por otro lado se encontraba organizando sus ejércitos por los campos de la Trasierra, incapaz de lanzarse por entonces en una batalla directa prefirió asegurar sus defensas. Los monjes-guerreros sometidos a duro asedio durante dos meses y con un castillo derruido por las formidables máquinas de asedio musulmanas pactaron con el califa almohade su rendición si Alfonso no acudía en su ayuda; y Alfonso VIII se vio forzado a autorizar la marcha ya que no podía acudir en su ayuda ese año de 1211.

Sin embargo la caída de Salvatierra fue hábilmente rentabilizada en lo que a materia propagandistica se refiere. Rodrigo Jiménez de Rada Arzobispo de Toledo, acudió a Roma para solicitar el apoyo del Papa Inocencio III en los aciagos días que se cernían sobre los cristianos; éste muy acorde con las ideas de la época emitió varias bulas para todos aquellos que combatieran en Castilla, además prohibió bajo amenaza de excomunión a cualquier monarca cristiano que osara atacar al castellano mientras se preparaba para afrontar la batalla decisiva. A su regreso el Arzobispo de Toledo predicó la gloria y fortuna que los guerreros cristianos podían alcanzar si decidían tomar las armas en su ayuda, y con un contingente de varios caballeros y peones alemanes y francos volvió para la Península.

Situación peninsular antes de la contienda de las Navas de Tolosa.

Toledo sirvió de punto de concentración para todas las huestes cristianas que poco a poco iban llegando a Castilla. Los castellanos junto con los aragoneses formaron el grueso del ejercito cruzado; Pedro II, fiel amigo de Alfonso VIII volvía a prestarse nuevamente para combatir en la Cruzada hispana; Alfonso IX de León haciendo gala de su corta mira política prefirió no ayudar a Alfonso VIII -tal vez no era consciente que de ser borrados los castellanos y aragoneses, hubiera sido cuestión de tiempo que un resurgido al-Andalus dirigiera sus miras ante el menos poderoso reino de León- . La participación de Navarra fue más testimonial que otra cosa, si en un principio Navarra mantuvo silencio en cuanto a su participación, parece ser que tras las presiones del Vaticano y sus prelados, Sancho VII acudió finalmente, ya puesto el ejercito en marcha, junto con 200 de sus mejores caballeros. La llegada de éste fue recibida de muy buena gana por Alfonso VIII y Pedro II, aunque con una fuerza testimonial, la disposición del navarro a tomar parte activa en el conflicto servía para levantar aún más la moral en el campamento cruzado y hacía ver a todos lo necesario de la unión en tamaña empresa.

El rey de Portugal Alfonso II que abría asistido de buena gana a la llamada de las armas, se vio forzado a quedarse en su reino debido a los ataques sufridos por parte del siempre oportunista Alfonso IX. A su vez, y aprovechando la marcha cruzada por tierras de al-Andalus los leoneses también atacaron las poco guarnecidas fortalezas en manos de los tenentes castellanos.

Las Ordenes militares de Calatrava, Santiago, el Temple, y San Juan se sumaron, como no podía ser menos, configurando la tropa de élite del ejército. Por último y siempre a título personal algunos caballeros portugueses y algunos menos leoneses cerraron las filas cruzadas.

En definitiva los esfuerzos de cristianos y musulmanes se midieron finalmente en la ya conocida por todos como: batalla de las Navas de Tolosa de 1212, donde, y sin hacer caso a increíbles cifras que barajan en varios cientos de miles de guerreros a los partícipes en la lucha, es muy posible que alrededor de unos 50.000 musulmanes y unos 30.000 cristianos se enfrentaran en batalla.

La victoria de los cruzados y el aniquilamiento del ejercito almohade tuvo varias consecuencias: en primer lugar los cristianos tomaron varias fortalezas que controlaban los pasos de Despeñaperros (Baños, Tolosa, Ferral y Vilches), las cuales, quedarían clavadas como un cuchillo en la carne a la espera de ser utilizadas para una posterior y definitiva arremetida en el corazón de al-Andalus; por otro lado, la derrota de los almohades hizo evidente a los ojos de los hispanomusulmanes el fracaso de su política, y pocos años después empezaron a darse los primeros síntomas de debilitamiento y a producirse las primeras disensiones sobre los territorios andalusíes.

La situación castellana a la muerte de Enrique I 1217. pinchar el mapa para ampliar.

- La llegada de Fernando III-

La muerte de Pedro II en 1213 y Alfonso VIII en 1214 impidió a éstos aprovechar mejor la crisis en la que entraron los almohades por entonces, y si bien los andalusíes todavía ofrecieron dura batalla, era ya un hecho que habían perdido cualquier posibilidad de poner en peligro la existencia de los reinos cristianos.

En 1217, y tras el breve reinado de Enrique I (1214/17), Fernando III hijo de Alfonso IX de León y de Doña Berenguela se había convertido en monarca de Castilla. El nuevo rey sería el gran beneficiado de los éxitos de sus antecesores; aunque para el periodo al que nos atenemos -hasta 1230- hay que recordar que todavía no se habrían dado sus grandes conquistas, acaecidas inmediatamente después de nuestra señalada fecha.

Fernando III tuvo que asegurar su poder en los primeros años del reinado, ya que Alfonso IX, nunca contento con la llegada de su hijo al trono castellano intervino en el reino, de aquí obtuvo la garantía de posesión sobre varias fortalezas en litigio con Castilla: Cubillas, Santervás, San Cebrian de Mazote, Urueña, Villagarcía y San Pedro de Latarce situadas al occidente de la actual provincia de Valladolid y por entonces zona de fricción de ambos reinos.

Ya mencionamos anteriormente la toma del enclave de Capilla situado en la actual región de Extremadura y su importancia estratégica para frenar las pretensiones leonesas más orientales. Pero en lo referente a las tierras andaluzas los avances producidos, aunque no muy numerosos, sí fueron importantes para su posterior avance por el valle del Guadalquivir.

-Las conquistas Fernandinas hasta 1230-

A primera vista puede llamar la atención los pocos avances conquistadores que Fernando realizó en tierras musulmanas, pero ello tiene una explicación: la llegada al trono de Castilla de Fernando III por cesión de su madre Doña Berenguela molestó a Alfonso IX, ya que éste podía haber optado también al trono según la interpretación sálica del tratado de Sahagún firmado entre Sancho III de Castilla y Fernando II de León en 1158. Por tanto los problemas con su padre y con Álvaro Nuñez de Lara, exregente de Castilla por la minoría de edad de Enrique I, obligaron a Fernando renovar una serie de treguas hechas ya por su abuelo Alfonso VIII con los almohades en 1214, de tal forma que hasta 1224 estuvieron vigentes.

Una vez recuperado el reino de las luchas intestinas, las campañas se dirigieron a las tierras andaluzas; las disensiones que se comenzaban a percibir en el Imperio almohade fueron aprovechadas por los castellanos para aliarse con el gobernador de Baeza y hacerse con las fortalezas de Salvatierra 1225, todavía en manos musulmanas, y de Capilla 1226. Muerto el gobernador de Baeza su población se reveló contra los castellanos y estos tras algunas luchas consiguieron hacerse con el control de la misma así como de Andújar 1226 y Martos 1226. De todas estas poblaciones la más meridional era Martos, y por tanto la más vulnerable a un asedio que acabo produciéndose de forma inevitable, y a punto estuvo de tener éxito si no fuera por una oportuna intervención de socorro del propio Fernando III en el verano de 1227.

En 1229 y ya sí, en pleno proceso de desintegración del poder almohade, Fernando III dirigió una campaña a tierras de Úbeda con el objetivo de debilitar la fortaleza; allí tomó Saviote, Garcíez y Jódar, importantes cabezas de puente para ulteriores operaciones; también intento un asedio en 1230 contra Jaén, pero al prolongarse demasiado decidió abandonarlo para mejor ocasión.

La situación castellana en el momento de la muerte de Alfonso IX 1230. pinchar el mapa para ampliar.

De regreso a Castilla tras el fallido intento de tomar Jaén, Fernando III fue sorprendido con la noticia del fallecimiento de su padre Alfonso IX de León; a partir de entonces todo se dispuso para que Fernando, rey de Castilla, se hiciera con el trono leonés tras la cesión de sus hermanastras, y con ello, se produjo la definitiva unión de las dos coronas en un solo hombre. La próxima vez que el monarca regresara a tierras andaluzas lo haría bajo los estandartes del león y el castillo, y con ellos, una unida y fuerte corona llegaría a expandirse hasta límites insospechados por entonces.



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Enlaces de interés:
Imperio Almohade
Fernando III
La batalla de las Navas de Tolosa
La batalla de las Navas de Tolosa según los musulmanes

Bibliografía:
Reyes de Castilla: Alfonso VIII. Edit. La Olmeda
Reyes de Castilla: Fernando III. Edit. La Olmeda
Las Navas de Tolosa, la verdadera cruzada. Edit Almena
El lunes de las Navas DVD. Editado por Universidad de Málaga.

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